
Base legal: Ley 28044 Ley General de Educación (art. 54)Ley 29719 Ley que promueve la convivencia sin violenciaLos colegios no realizan la terapia psicológicas, es competencia del padre de familia. La IE solo deriva a un especialista externa. Si el padre incumple, el siguiente año no se renueve la matrícula. Recabar pruebas. Sobre todo a niños agresores y los padres no asumen su responsabilidad. No se puede retirar al estudiante en el año escolar en curso. El colegio debe proveer una atención distinta.